Ajudes CAIB - ISBA
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Convocatoria línea de ayudas CAIB-ISBA 2026-2027

La Consejería de Economía, Hacienda e Innovación aprueba la convocatoria de ayudas para los años 2026 y 2027 (ampliable a 2028) para las empresas con actividad en las Illes Balears para cubrir las comisiones de apertura y de estudio, los intereses y el coste del aval de sociedades de garantía recíproca para operaciones de financiación de liquidez y de inversiones productivas y en innovación, digitalización y sostenibilidad.

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:

Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada y las sociedades civiles o comunidades de bienes, las agrupaciones de interés económico (AIE), las uniones temporales de empresas (UTE) y las empresas de economía social, que cumplan los requisitos de las micro, pequeñas y medianas empresas (pymes), y que hayan formalizado operaciones financieras en las que concurra alguno de los requisitos siguientes:

  • Que financien proyectos de inversiones productivas o inversiones en innovación, digitalización y sostenibilidad, siempre que se realicen en centros productivos ubicados en las Illes Balears.
  • Que financien operaciones financieras de liquidez, cuya actividad principal se realice en centros productivos ubicados en las Illes Balears.
  • Que financien operaciones de arrendamiento financiero o leasing, siempre que las inversiones financiadas se realicen en centros productivos ubicados en las Illes Balears.

Bonificaciones:

  • Liquidez: el 100% del coste del aval el primer y segundo año, con la limitación del 1,25% sobre el importe del aval, y el 50% del coste del aval del tercer al cuarto año, con la limitación del 0,625% sobre el importe del aval, hasta un máximo de los cuatro primeros años.
  • Inversiones productivas: el 100% del coste del aval del primer al cuarto año, con la limitación del 1,25% sobre el importe del aval, hasta un máximo de los cuatro primeros años.
  • Inversiones en innovación, digitalización y sostenibilidad: el 100% del coste del aval del primer al quinto año, con la limitación del 1,25% sobre el importe del aval, hasta un máximo de los cinco primeros años.
  • Arrendamiento financiero (Leasing): el 100% del coste del aval el primer y segundo año, con la limitación del 1,25% sobre el importe del aval, y el 50% del coste del aval del tercer al cuarto año, con la limitación del 0,625% sobre el importe del aval, hasta un máximo de los cuatro primeros años.

Operaciones formalizadas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2027.

📅 El plazo para presentar las solicitudes es desde el 9 de enero de 2026 hasta el 3 de diciembre de 2027.

📌 Más información

📜 Convocatoria BOIB

📝 Acceso al trámite


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